nuevo decreto

Fecha: 25/09/2025

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto 315/2025, una nueva normativa que marcará cómo deben ser los menús escolares en todos los centros educativos.

Afecta a colegios públicos, concertados y privados que ofrezcan comedor desde Infantil (2.º ciclo) hasta Bachillerato, además de Educación Especial y ciclos formativos.

El nuevo decreto comenzará a aplicarse el 16 de abril de 2026, con un plazo de adaptación hasta abril de 2027 para que los centros y empresas de comedor hagan los cambios necesarios.

¿Qué cambiará en los menús?

El nuevo decreto establece cuántas veces por semana deben aparecer distintos grupos de alimentos, con el objetivo de ofrecer comidas más equilibradas:

  • Primeros platos: más presencia de hortalizas (1-2 veces), legumbres (1-2), arroz (1) y pasta (1).
  • Segundos platos: pescado entre 1 y 3 veces por semana, huevos 1 o 2, proteína vegetal hasta 5 veces, y un control más riguroso de la carne (máx. 3 raciones por semana, con solo 1 de carne roja al mes y 2 de procesadas).
  • Guarniciones: más ensaladas (3-4) y hortalizas o patatas (1-2).
  • Postres: la fruta fresca será la protagonista (4-5 veces), dejando solo 1 día para lácteos sin azúcar añadido.

Además:

  • Los precocinados se limitarán a una vez al mes.
  • Habrá frituras solo una vez por semana.
  • El agua será la única bebida que se ofrezca en el comedor.
  • Los frutos secos estarán prohibidos para menores de seis años.
  • El pan integral deberá servirse dos veces a la semana y arroz/pasta integrales cuatro veces al mes.
  • Se alternará pescado blanco y azul.

Más sostenibilidad y técnicas de cocina saludables

Otra parte importante del nuevo decreto tiene que ver con la salud y el medio ambiente.
A partir del 27 de abril, al menos el 45 % de las frutas y verduras deberán ser de temporada, y un 5 % del presupuesto del comedor se destinará a productos ecológicos.

Se fomentará el uso de técnicas de cocina más sanas: horno, vapor, hervido o plancha. También se limitará el uso de sal y se prohibirán los caldos comerciales y los potenciadores del sabor.

Por último, se pedirá a los comedores que reduzcan envases monodosis y residuos. En cuanto a los aceites, se usará aceite de oliva virgen extra para las ensaladas y aceite de oliva o girasol alto oleico para las frituras.

Otras preguntas y respuestas sobre el nuevo Decreto 

¿Qué alimentos están prohibidos en máquinas expendedoras y cafeterías escolares?

Queda prohibida la venta de alimentos y bebidas que superen los siguientes límites nutricionales por porción:

  • Máximo 200 kcal.
  • Máximo 7,8 g de grasas totales y 2,2 g de grasas saturadas.
  • Máximo 5 g de azúcares añadidos o libres.
  • Máximo 0,5 g de sal (0,2 g de sodio).
  • No se permiten ácidos grasos trans (salvo los naturales en lácteos y carnes).

¿Hay restricciones sobre la cafeína en los productos escolares?

Sí, no se permitirá la venta de productos envasados con más de 15 mg de cafeína por cada 100 ml en los espacios accesibles al alumnado.

¿Qué pasa con los menús especiales?

Los centros deberán ofrecer menús especiales para alumnos con alergias, intolerancias, enfermedades o motivos éticos/religiosos, o facilitar los medios para que los padres puedan aportar menús especiales.

¿Cómo se informará a las familias sobre los menús?

Los centros deberán informar a las familias de forma clara y detallada sobre la planificación mensual de los menús, incluyendo nombre de los platos, técnicas de elaboración, salsas, guarniciones y alérgenos. Esta información estará disponible en los tablones de anuncios, páginas web y otros medios accesibles.

¿Cuándo entra en vigor el nuevo decreto?

El decreto entrará en vigor a los doce meses de su publicación en el BOE. Algunos aspectos específicos (como los criterios para la contratación) tendrán un plazo de veinticuatro meses.